Para poder desalojar a un inquilino de la unidad que está cubierta por la Ordenanza de Arrendamiento, un propietario debe tener razón de “causa justa” que sea el motivo dominante para demandar el desalojo.

Existen 15 razones de causas justas para desalojo bajo la Sección 37.9(a) de la Ordenanza. Las más comunes son:

  • La falta de pago de renta, o el habitual atraso de pago de renta;
  • El incumplimiento del acuerdo, o del contrato de arrendamiento;
  • Ocupación por el dueño, u ocupación por algún miembro de la familia inmediata del propietario;
  • Hacer mejoras de capital que causará que la unidad sea inhabitable mientras el trabajo se lleva a cabo;
  • El hacer renovación sustancial a un edificio que tiene más de 50 años de antigüedad, con tal que el costo del trabajo propuesto sea por lo menos el 75% del costo de una nueva construcción;
  • Retirar del mercado de arrendamiento las unidades de renta bajo el Acta de Ellis;
  • Creación de algo molesto, o de considerable interferencia con el propietario, o con otros inquilinos en el edificio; y
  • Demoler, o remover permanentemente una unidad de arrendamiento para no ser habitada.

Algunos arrendamientos que están exentos de las limitaciones de incremento de Renta de la Ordenanza, podrían todavía estar sujetos a los controles de desalojo de la Ordenanza, que significa que estos inquilinos en estas categorías, solamente pueden ser desalojados por una razón de “causa justa”. Esto incluye arrendamientos que están elegibles para aumentos ilimitados de renta bajo el Acta de Arrendamiento de Vivienda de Costa-Hawkins, o bajo la Sección 1.21 de Decretos y Reglamentos, porque la unidad no es el lugar principal de residencia del inquilino. El control de desalojo también aplica a los inquilinos cuyas rentas están reguladas por otra agencia de gobierno como son los justificativos de la Sección 8, los que tienen certificados de la Sección 8, y los del programa HOPWA que provee Oportunidades de Vivienda a Personas con SIDA.

Nosotros recomendamos de sobremanera que un propietario adquiera consejos de un abogado experimentado en esta área de la ley antes de pedirle a un inquilino que se mude, o de atentar desalojarlo. Si un propietario desaloja, o trata de desalojar a un inquilino ilegalmente, el propietario está sujeto a una demanda civil y/o criminal. El inquilino podría hacer una demanda de acción civil para un mandato, además de daños actuales y triplicados, y los honorarios de abogados. El propietario también pudiera encontrarse culpable de delito menor, con una multa de más de $1,000.00 dólares y/o encarcelado por hasta 6 meses en la cárcel del Condado.

Más: http://sfrb.org/número-de-tema-201-revisión-de-desalojo-por-causa-justa